martes, 30 de enero de 2024

RESPETO EN EL TRABAJO


¿Has escuchado GRITOS, MALOS MODOS, COMENTARIOS INAPROPIADOS O DESPECTIVOS, GROSERÍAS, AMENAZAS, etc. hacia los compañeros/as de trabajo? o ¿Conoces a un jefe/a que grita y humilla a las personas?

Una falta de respeto puede manifestarse en diferentes formas, tales como:

Palabras hirientes

Menosprecio

Gestos despectivos

Desplantes

Discriminación

Gritos, etc.

Las faltas de respeto pueden suponer vulneraciones de derechos personales, como el de la dignidad y el honor, derechos amparados constitucionalmente, y por tanto susceptibles de ser defendidos ante los tribunales de justicia.


Una falta de respeto es una cuestión gravísima y que no se debe tolerar.  Este puede darse en la oficina o también a través de medios telemáticos como correos electrónicos o a través de plataformas de mensajería como Teams o WhatsApp, etc.

Ninguna persona debe aguantar malos modos y faltas de respeto de nadie y mucho menos de jefes o jefas, debemos exigir que se nos trate con respeto y dignidad.

Si sufres o eres testigo de que alguien está siendo víctima de una falta de respeto, ponte en contacto con nosotros, escríbenos a nuestro correo electrónico: ASCservinform@sindicatoasc.org


Organizados y luchando lo somos todo. Nadie vendrá a resolver nuestros problemas, debemos resolverlos nosotros con unidad y organización.

 

¡ORGANÍZATE Y LUCHA!



 

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miércoles, 17 de enero de 2024

VACACIONES 2024

Como en años anteriores la dirección pretende decidir de manera unilateral nuestras vacaciones, cada año hay nuevos “requisitos” para aprobarlas. “Requisitos” que no están recogidos ni en el Estatuto de los Trabajadores ni en el Convenio Colectivo.

Según el artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores:

El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

 Ni en el Convenio ni en el Estatuto de los Trabajadores está estipulado que la empresa pueda imponer unas fechas para el disfrute de nuestras vacaciones, por lo que si lo hiciera estaría vulnerando lo establecido en las leyes. Y en última instancia es la autoridad laboral la que decide, no la empresa.

NECESIDADES VERSUS DERECHOS

Las necesidades de la empresa jamás deben estar por encima de los derechos de los trabajadores.

 Algunos mandos no dudan en presionar a la plantilla recurriendo a argumentos como compañerismo o sentido común, pretendiendo así que nos adaptemos a las necesidades de la empresa, sin importar que se vulneren nuestros derechos; porque para la dirección el compañerismo y el sentido común es satisfacer los intereses de la empresa, nunca para los trabajadores.

Nos piden esfuerzos a nosotros, mientras la empresa no es capaz de cumplir con lo mínimo legalmente establecido.

TODO POR ESCRITO

 Recuerda que las comunicaciones tienen que ser por ESCRITO. Los trabajadores enviamos la solicitud de vacaciones por escrito y si nos las deniegan o proponen algo distinto tienen que comunicarlo del mismo modo, es decir, por escrito. Puedes utilizar el portal de recursos humanos para hacer la solicitud de vacaciones, es el canal habilitado para este fin.

 Las vacaciones son nuestro derecho como trabajadores/as. Como tal, y como tantos otros, es responsabilidad de cada uno asegurarse de que se respeta este derecho.

 Si te imponen fechas de vacaciones puedes interponer demanda por el Procedimiento Urgente en materia de vacaciones ante el Juzgado de lo Social. Este procedimiento es, como su nombre indica, urgente, por lo que en pocos días estaría la sentencia, ante la cual no cabría recurso. Ponte en contacto con nosotros para más información.

 Mientras los trabajadores no nos organicemos y construyamos una fuerza que obligue a la Empresa a cumplir con sus obligaciones y a respetar nuestros derechos, todo lo que pone en la ley se convierte en papel mojado.

 Si tienes alguna cuestión o alguna duda, o quieres trasladarnos tu situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Correo: ascservinform@sindicatoasc.org

Atención presencial: Todos los miércoles de 14:00 a 16:00 en Julián Camarillo 16, planta 3este, puerta 3.2. 

 

¡ORGANÍZATE Y LUCHA!

 

Sección Sindical de ASC en Servinform

 

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