viernes, 13 de febrero de 2026

DESPIDO INFAME





Esta semana se ha producido el despido de una compañera en JC, cada despido es una agresión a la plantilla, una agresión a todos y cada uno de nosotros.

Es más sangrante aún cuando la empresa dice lo siguiente en la carta de despido:

...ya que tampoco hay actualmente en la empresa ningún puesto donde

poder reubicarle según su perfil y otros proyectos donde se requieran

perfiles como el suyo...

La empresa, en su línea de total inutilidad, también en la gestión de las reubicaciones, llamó a esta compañera hace 3 semanas para hacerle una entrevista. En dicha entrevista la persona de rrhh pensaba que era una nueva incorporación, es decir, no sabía que se trataba de una reubicación. La persona de rrhh no tenía el CV de la trabajadora cuando ella lo había remitido. Ese es el interés que le puso la empresa en la reubicación de esta compañera, ninguno. 

RRLL y RRHH demuestran una y otra vez el descontrol en cuanto a la plantilla ¿Cuántas veces deben solicitar el mismo documento o la misma justificación?

Durante 3 semanas la empresa no se puso en contacto con la trabajadora ni respondió a los repetidos correos que envió tanto a rrhh como a su responsable.

Este responsable merece mención aparte, el señor xxxxxx, en un acto que consideramos infame, le dijo a la trabajadora que cogiera dos días de vacaciones cuando ella no lo había solicitado. Y cuando se reincorporó de esos días de vacaciones la despiden. Consideramos que esta imposición, además de vulnerar la legalidad, es una burda artimaña para no pagar esos dos días en el finiquito de la trabajadora. Este es el nivel de bajeza.

El mismo día también se produjo un fin de llamamiento de otra compañera que, de la noche a la mañana, se queda en la calle. Si en el caso anterior hicieron el paripé de una reubicación, en este caso ni siquiera se molestaron en buscar una alternativa, nada.

Las lágrimas de impotencia de las compañeras deben convertirse en rabia organizada contra la patronal, que únicamente entiende la fuerza de los trabajadores/as, son valientes cuando nos ven divididos y desorganizados, extremadamente cobardes cuando nuestra organización es fuerte. Estos despidos, como todos los despidos o fines de llamamiento no pueden quedar en la tristeza por los compañeros/as que se van, compañeros/as a los que han quitado su medio de vida, tienen que convertirse en respuesta, una respuesta contundente y organizada.

Para los trabajadores un despido no solo es un crimen, sino también es un acto que pone en evidencia la deshumanización del empresario, que desconoce lo que es tener humanidad y únicamente conoce la avaricia de llenar sus bolsillos de dinero a costa de pisotear y machacar a los trabajadores y a las trabajadoras.

Instamos y animamos a todos los trabajadores/as que ante amonestaciones o despidos siempre se firme en desacuerdo y denuncie.

Desde esta Sección Sindical apoyamos a los compañeros/as que denuncian y peleamos por mantener y defender los puestos de trabajo

ORGANÍZATE Y LUCHA

Sección Sindical de ASC en Servinform

ASCservinform@sindicatoasc.org

asc.jc@servinform.es

Leer más ...

lunes, 9 de febrero de 2026

viernes, 6 de febrero de 2026

VACACIONES 2026

 

Las vacaciones están reguladas en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en los respectivos convenios colectivos, consultoría o contact center:

  • Según el artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores: El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.”

  • Según el artículo artículo 21.1 del Convenio de Consultoría:
    "Todas las personas trabajadoras al servicio de las empresas sujetas a este convenio disfrutarán de veintitrés (23) días laborables de vacaciones anuales retribuidas (...)"
  • Artículo 29 del Convenio Contact Center
Las vacaciones serán de treinta y dos días naturales. Se podrán dividir en periodos de 7 días continuados, debiéndose disfrutar en periodo estival, preferentemente, al menos 14 días continuados, respetando las necesidades del servicio.
Podrán disfrutarse cuatro días sueltos, bien de forma separada o conjuntamente, cualquier día laborable del año, de común acuerdo entre empresa y solicitante.
Las vacaciones comenzarán siempre en día laborable para la persona interesada.
El periodo de disfrute de vacaciones se fijará de común acuerdo entre el empresario y la persona interesada, quien conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute de las vacaciones.

Dentro de la empresa no existe ningún pacto o acuerdo que modifique lo establecido en Convenio o ET, que solo puede ser mejorado, nunca se puede empeorar. Por tanto, obligar a coger vacaciones empeorando lo establecido en convenio o ET sería vulnerar la legalidad. Y en última instancia es la autoridad laboral la que decide, no la empresa.


NECESIDADES VERSUS DERECHOS

Las necesidades de la empresa jamás deben estar por encima de los derechos de los trabajadores/as.

Algunos mandos no dudan en presionar a la plantilla recurriendo a argumentos como compañerismo o sentido común, pretendiendo así que nos adaptemos a las necesidades de la empresa, sin importar que se vulneren nuestros derechos; porque para la dirección el compañerismo y el sentido común es satisfacer los intereses de la empresa, nunca para los trabajadores/as.


TODO POR ESCRITO

Si te imponen fechas de vacaciones puedes interponer demanda por el Procedimiento Urgente en materia de vacaciones ante el Juzgado de lo Social. Este procedimiento es, como su nombre indica, urgente, por lo que en pocos días estaría la sentencia, ante la cual no cabría recurso.

Y recuerda que las comunicaciones tienen que ser por ESCRITO. Los trabajadores enviamos la solicitud de vacaciones por escrito (por correo o a través del portal de rrhh) y si nos las deniegan o proponen algo distinto tienen que comunicarlo del mismo modo, es decir, por escrito.

Las vacaciones son nuestro derecho como trabajadores/as. Como tal, y como tantos otros, es responsabilidad de cada uno asegurarse de que se respeta este derecho.

Mientras los trabajadores no nos organicemos y construyamos una fuerza que obligue a la Empresa a cumplir con sus obligaciones y a respetar nuestros derechos, todo lo que pone en la ley se convierte en papel mojado.

Si tienes alguna duda, o quieres trasladarnos tu situación, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

¡ORGANÍZATE Y LUCHA!

Sección Sindical de ASC en Servinform

ASCservinform@sindicatoasc.org

Leer más ...
 

ASC

FSM

Enlaces de interés

XIX Convenio Consultoría
III Convenio Contact Center
Estatuto de los trabajadores

ASC NTT Data
ASC Ayesa AT
CSC Sevilla
Alternativa Sindical de Clase
Federación Sindical Mundial
Tus Permisos

Copyright © Sección Sindical de ASC en Servinform Design by BTDesigner | Blogger Theme by BTDesigner | Powered by Blogger